Hasta 7 de años en prisión por violencia política contra las mujeres de Chihuahua
El Congreso del Estado aprobó las modificaciones al Código Penal del Estado de Chihuahua y a la Constitución Política para tipificar el delito de violencia política en contra de las mujeres y sancionar este delito con una pena de tres a siete años, según el decreto aprobado.
Por unanimidad de votos se modificó la Constitución a la cual se le agregó en el artículo cuarto que todas las mujeres en el estado de Chihuahua tienen derecho a una protección y atención efectiva contra todo tipo de violencia y el incumplimiento a este derecho deberá sancionado por la ley.
Para esto se agregará el artículo 198 al Código Penal del Estado de Chihuahua, el cual considerara que comete violencia política de género toda persona que “por medio de cualquier acción u omisión realizada en contra de una mujer por razón de género, que cause daño físico, psicológico, sexual o económico y tenga por objeto o resultado la restricción, suspensión o impedimento del ejercicio de sus derechos políticos, incluyendo el ejercicio del cargo; o la induzca u obligue, por cualquier medio, a tomar decisiones en contra de su voluntad acerca de esos mismos derechos”.
El que cometa este delito estará sujeto a una pena de tres a siete años de prisión y de cien a mil días de multa y tratamiento integral especializado enfocado en la erradicación de la violencia política, mientras que la pena aumentará en una mitad cuando este delito:
I. Se cometa en contra de mujeres: embarazadas, adultas mayores, de pueblos originarios, en condición de discapacidad, sin instrucción escolarizada básica, o por orientación sexual e identidad de género.
II. Sea perpetrado por quien está en el servicio público, por superiores jerárquicos, integrantes de partidos políticos o por persona que esté en funciones de dirección en la organización política donde participe la víctima.
Además en caso de que el sujeto activo sea servidor o servidora pública, se le inhabilitará para el desempeño del empleo, cargo o comisión público, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.